IVA – Gestiun Madrid. Asesoría de empresas Madrid. Gestoría para Pymes y Autónomos https://www.gestiun.com Asesoría fiscal para empresas en Madrid 30 años de experiencia ofreciendo servicios de Asesoría Fiscal, Laboral y Contable. Mon, 01 Jul 2019 07:06:44 +0000 es hourly 1 https://wordpress.org/?v=6.5.8 https://www.gestiun.com/wp-content/uploads/2018/03/favicon-gestiun.png IVA – Gestiun Madrid. Asesoría de empresas Madrid. Gestoría para Pymes y Autónomos https://www.gestiun.com 32 32 Todos los detalles de la reforma fiscal https://www.gestiun.com/conoce-todos-los-detalles-de-la-reforma-fiscal/ https://www.gestiun.com/conoce-todos-los-detalles-de-la-reforma-fiscal/#respond Fri, 03 Apr 2015 08:07:40 +0000 http://gestiun.hl346.dinaserver.com/?p=5577 La reforma fiscal que ha llevado a cabo el gobierno afecta a todos, de manera que ya nadie va a

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La reforma fiscal que ha llevado a cabo el gobierno afecta a todos, de manera que ya nadie va a pagar lo mismo con sus impuestos afecta tanto a los que tienen contrato, a los autónomos, empresas… De manera que millones de ciudadanos se verán afectados por estos grandes cambios que os resumimos a continuación los más importantes y significativos:

1. Las indemnizaciones  por los despidos se modificas de manera que quedarías exento con un mínimo de hasta 180.000 euros.

2. Se introducen 3 nuevos impuestos negativos de 1.200 euros anuales para las familias con hijos dependientes, familias numerosas, familias con ascendientes dependientes o con alguna discapacidad. Además, aumentan los mínimos familiares del impuesto hasta el 32%.

3. Se rebajan los tramos del IRPF, de manera que en 2015 irán del 20% al 47% mientras que en 2016 irán del 19% al 45%.

4. Se rebaja la tributación del ahorro  con una tarifa de tres tramos.

5. La deducción por el alquiler  queda suprimida a partir del 1 de enero.

6. En cuanto a los Planes de Pensiones  se fija una aportación única de 8.000 € como máximo y se podrán rescatar las cantidades correspondientes de planes transcurridos 10 años.

7. Autónomos. Las retenciones pasarán de un 21% a un 19% en 2015 mientras que en 2018 pasarán al 18%. Además, se mantiene la tarifa playa de gravamen reducido del 15% para las empresas de nueva creación.

8. Los coeficientes de abatimiento  a las ganancias patrimoniales por transmisión de inmuebles y otros bienes se elimina siempre y cuando la suma alcance los 400.000 euros por contribuyente.

9. Con el finde potenciar el ahorro a medio y largo plazo se han incluido unos nuevos instrumentos como son los Planes de Ahorro 5, con forma de cuenta bancaria y seguro.

10. Se reduce también el Impuesto de sociedades,  pasa de un 28% en 2015 a un 25% en el 2016. Termina por igualarse al de las Pymes.

11. El régimen fiscal de impatriados se modifica con el fin de atraer a más personas altamente cualificadas en el ámbito económico y científico y trabajar en empresas que están establecidas en nuestro país.

12. Se evita la deducibilidad de gastos fiscales en lo que se refiere a otros países

13. Se resaltan nuevos incentivos fiscales sobre actividades industriales con una excepción del 85% del impuesto de electricidad siempre y cuando su coste supere el 50% del coste de la producción.

14. Las bases imponibles  se elevarán de un 60 % en 2016 y a un 70% en 2017.

15. Las deducciones en Sociedades  se mantienen por creación de empleo y se potencias otras como las de I+D+I.

16. El umbral de exclusión  se merma considerablemente de manera que de módulos de 450.000 euros se pasa a otros 150.000 euros de ingresos.

17. Los monitores en los comedores escoleres  están exentos de IVA.

18. Los nuevos incentivos cinematográficos son del 20% 

19. El IVA de las flores y platas vivas  tributaran con el 10% en lugar del 21%.

20. La deducción por donativos aumenta del 25% al 3o%

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¿Se puede facturar sin ser autónomo? https://www.gestiun.com/se-puede-facturar-sin-ser-autonomo/ https://www.gestiun.com/se-puede-facturar-sin-ser-autonomo/#respond Wed, 18 Mar 2015 09:15:55 +0000 http://gestiun.hl346.dinaserver.com/?p=5519 Siempre viene bien algún dinero extra y que se puede conseguir con plataformas como los blogs o creando pequeñas empresas.

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Siempre viene bien algún dinero extra y que se puede conseguir con plataformas como los blogs o creando pequeñas empresas. El problema de esto es que muchas veces los emprendedores no dan el primer paso porque piensan que no van a ser capaces de afrontar los primeros gastos como es el de autónomos, por lo que la gran pregunta sería si se puede facturar sin ser autónomo.

Esto sería una gran ventaja ya que muchos emprendedores empezarían su andadura sin ningún coste, esto es posible, ya que se podrían emprender nuevos proyectos sin tener que pagar una cuota inicial de más de 200 euros al mes. Aunque esta cuota se puede reducir en casos excepcionales que habría que consultar para ver si se cumplen todos los requisitos.

De esta manera, se pueden obtener unos ahorros extras sin que Hacienda o la Seguridad social sean un obstáculo, pues para poder proceder a emitir facturas cumpliendo con la legalidad tan sólo hay que darse de alta en Hacienda para que nos consideren sujetos pasivos del IVA ya que nuestros ingresos no superan el salario mínimo interprofesional. éste trámite es muy sencillo pues sólo debes rellenar el modelo 036 o el modelo 037 y es gratuito.

Hasta ahora es todo igual que si fueras autónomo ya que al final de cada trimestre deberás presentar la autoliquidación del IVA que es la diferencia entre el IVA recaudado y el IVA emitido. La diferencia con los que pagan la cuota de autónomos es que no tienen que estar dados de alta en la Seguridad social y pagar la cuota.

Esto ocurrirá así siempre y cuando los ingresos no superen los 752,85 euros y que corresponde con el Salario Mínimo Interprofesional. Eso sí, tened en cuenta que hablamos de ingresos y no de beneficios. Esta es la única manera de poder facturar sin pagar una cuota y cumplir con la normativa.

La ventaja es que tienes un gasto menos al mes y puedes obtener unos ingresos extras. Como veis, esto supone una acercamiento a la fiscalidad pero lo único que te exime es de pagar la cuota ya que las responsabilidades son las mismas y debes emitir la factura con el 21% del IVA y restarle la retención del IRPF que durante el primer año será del 9%.

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IVA en productos y servicios digitales https://www.gestiun.com/iva-en-productos-y-servicios-digitales/ https://www.gestiun.com/iva-en-productos-y-servicios-digitales/#respond Wed, 11 Feb 2015 13:00:30 +0000 http://gestiun.hl346.dinaserver.com/?p=5448 En enero de este año 2015 ha entrado en vigor una nueva normativa que afecta a aquellas empresas que exportan

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En enero de este año 2015 ha entrado en vigor una nueva normativa que afecta a aquellas empresas que exportan servicios y productos digitales a otros países europeos. Hasta ahora los usuarios pagaban el IVA del país de origen (en este caso España), pero a parir de ahora se deberá de aplicar el IVA del país de destino, es decir, el país donde se encuentra la persona que está comprando el producto o servicio. Por ejemplo, si ahora un francés compra un producto español por Internet deberá de pagar el IVA francés (20%) y no el español.

IVA

Normativa IVA servicios y productos digitales

Esta normativa tiene muchos matices. No todas las empresas que venden productos o servicios por Internet tienen que aplicar esta normativa sólo por el mero hecho de tener un ecommerce. Sólo se verán afectadas aquellas que vendan productos y servicios digitales.

Seguramente todavía no tengas claro si tu negocio tiene que cambiar o no el IVA en sus productos o servicios, por eso te especificamos qué se entiende por servicios y productos digitales. Estos son los que se proveen a través de Internet o una red electrónica, ya sea por consumo online o por descarga: documentos, cursos, vídeos, ebooks, música…

La finalidad de esta medida es poner en una situación competitiva mejor a las empresas europeas, frente a aquellas que se alojan desde fuera de Europa y son grandes multinacionales. Aunque a primera vista pueda parecer un problema, la finalidad es que el cambio del IVA repercuta positivamente en el mercado de los productos digitales en Europa.

Las empresas más afectadas por este cambio serán las pequeñas y medianas empresas que les resultará complicado adaptarse sobre todo por los sistemas de contabilidad y facturación con los que cuentan. Además, por parte de la Administración ha habido escasa información para las empresas que se dedican a este negocio, a diferencia de otros países donde ha habido una gran difusión.

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Hacienda tendrá un nuevo sistema de gestión del IVA basado en la información en tiempo real https://www.gestiun.com/hacienda-tendra-un-nuevo-sistema-de-gestion-del-iva-basado-en-la-informacion-en-tiempo-real/ https://www.gestiun.com/hacienda-tendra-un-nuevo-sistema-de-gestion-del-iva-basado-en-la-informacion-en-tiempo-real/#respond Thu, 04 Dec 2014 14:14:09 +0000 http://gestiun.hl346.dinaserver.com/?p=5207 Una de las administraciones que siempre está a la vanguardia para controlarlo todo es la Agencia Tributaria que próximamente contará

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Una de las administraciones que siempre está a la vanguardia para controlarlo todo es la Agencia Tributaria que próximamente contará con un nuevo sistema de gestión del IVA que funcionará con datos en tiempo real.

Este sistema se llama Suministro Inmediato de Información y comenzará a usarse el día 1 de enero de 2017. En este tiempo se realizarán los cambios en las normativas que sean necesarios para proporcionar al contribuyente los datos fiscales que necesitarán para sus declaraciones y agilizar las devoluciones.

De este modo, se eliminará la obligatoriedad de presentar las declaraciones informativas de los modelos 390, 340 y 347. Así se conseguirá una mayor agilidad cuando el receptor y el emisor pertenezcan a este sistema.

Formar parte del Suministro Inmediato de Información será de carácter obligatorio para grupos societarios a efectos de IVA, para las grandes empresas y para los inscritos en el régimen de devolución mensual del impuesto, es decir, para unos 62.000 contribuyentes.

Para que este sistema funcione correctamente los que formen parte de él tendrán la obligación de remitir el detalle de registro de las facturas, que tendrán constancia en los libros de registro. Por tanto, esto implicará utilizar la página web de la Agencia Tributaria para llevar los libros de registro del IVA.

Un dato importante es que los obligados a entrar en este sistema tendrán únicamente 4 días desde el momento que reciban o emitan una factura para enviar dicha información. De este modo la Agencia Tributaria utilizará estos datos para la correspondiente declaración del IVA a los contribuyentes.

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¿Qué es NIF intracomunitario? https://www.gestiun.com/que-es-nif-intracomunitario/ https://www.gestiun.com/que-es-nif-intracomunitario/#respond Wed, 19 Nov 2014 13:50:33 +0000 http://gestiun.hl346.dinaserver.com/?p=5167 Cuando una empresa o autónomo va a realizar operaciones intracomunitarias, es decir, va a hacer un intercambio de bienes o

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Cuando una empresa o autónomo va a realizar operaciones intracomunitarias, es decir, va a hacer un intercambio de bienes o servicios con otros países de la Unión Europea, ya sea importación o exportación debe de conocer cuál es la normativa aplicable.

Uno de los principales requisitos para operar en la Unión Europea es tener un NIF intracomunitario o número de operador intracomunitario. Para ello los profesionales, empresarios o entidades deben inscribirse en el Registro de Operadores Intracomunitarios. El alta se hace rellenando el apartado que corresponde al modelo censal 036, bien mediante una modificación posterior de los datos o en el momento del alta del empresario.

En muchas ocasiones Hacienda hace comprobaciones para evitar fraudes, de este modo comprueba la necesidad de las empresas o profesionales de ser incluidas en dicho registro, lo que supone una cierta demora en la obtención del NIF intracomunitario necesario para llevar a cabo las siguientes operaciones comerciales:

  • Adquisiciones intracomunitarias: Compra o importación de mercancías o bienes de otros países de la UE.
  • Venta o prestación de servicios a clientes de otros países de la UE
  • Entregas Intracomunitarias: Exportación o venta de mercancías o bienes que se transportan desde España a otros países de la UE

Las operaciones intracomunitarias como podéis ver tienen cierta complejidad, por eso te recomendamos que acudas a una asesoría fiscal donde te confirmarán que todas tus operaciones y trámites están en regla.

Para llevar a cabo estos trámites deberás de declarar el Modelo 303 y el Modelo 349. El Modelo 303 se refiere a la Declaración trimestral del IVA donde se recoge toda la información de estas operaciones donde aparece el IVA repercutido y el soportado.

El Modelo 349 por su parte es una Declaración Recapitulativa de Operaciones Intracomunitarias que para operaciones anuales a 35.000 euros se presenta una vez al mes y para importes mayores cada 1, 2 o 3 meses.

Puedes saber como funciona el IVA intracomunitario desde aquí.

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Qué es el IVA denegado https://www.gestiun.com/que-es-el-iva-denegado/ https://www.gestiun.com/que-es-el-iva-denegado/#respond Wed, 12 Nov 2014 13:33:27 +0000 http://gestiun.hl346.dinaserver.com/?p=5151 El IVA devengado es el que el empresario cobrará a sus clientes por haberles vendido un producto o prestado sus

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El IVA devengado es el que el empresario cobrará a sus clientes por haberles vendido un producto o prestado sus servicios. Este IVA debe de incluirse en el libro de contabilidad que tienen obligación de presentar los autónomos si fuera necesario donde se incluyen los gastos e ingresos sobre los que se hará la declaración trimestral del IVA.

El IVA repercutido o devengado es la base sobre la cual se restará el IVA soportado deducible. Éste corresponde a los gastos que el profesional autónomo tendrá que hacer frente para desarrollar su negocio. Es de ahí de donde se calcula el IVA que debe pagar trimestralmente cada empresa o autónomo.

Muchas compañías se equivocan al considerar el IVA devengado como parte de las ganancias de la empresa, cuando esta cantidad finalmente se tiene que entregar al estado trimestralmente. La empresa o sociedad sólo tiene una función de intermediaria para recaudar el impuesto, que después deberá enviar a Hacienda según sea su resultado en la declaración del IVA trimestral después de restar el IVA soportado.

El IVA devengado es un punto a favor del Estado, ya que se evita el proceso de recaudación directa del impuesto y también se supone que es beneficioso para la empresa, pues recibe el dinero por adelantado que hasta que lo entregue al Estado le puede sacar rendimiento.

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