Seguridad social – Gestiun Madrid. Asesoría de empresas Madrid. Gestoría para Pymes y Autónomos https://www.gestiun.com Asesoría fiscal para empresas en Madrid 30 años de experiencia ofreciendo servicios de Asesoría Fiscal, Laboral y Contable. Wed, 02 Aug 2017 13:49:31 +0000 es hourly 1 https://wordpress.org/?v=6.5.8 https://www.gestiun.com/wp-content/uploads/2018/03/favicon-gestiun.png Seguridad social – Gestiun Madrid. Asesoría de empresas Madrid. Gestoría para Pymes y Autónomos https://www.gestiun.com 32 32 Cómo calcular el coste de la seguridad social en la empresa https://www.gestiun.com/como-calcular-el-coste-de-la-seguridad-social-en-la-empresa/ https://www.gestiun.com/como-calcular-el-coste-de-la-seguridad-social-en-la-empresa/#respond Fri, 20 Mar 2015 11:27:28 +0000 http://gestiun.hl346.dinaserver.com/?p=5547 Ya seas empresario o trabajador debes saber que la nómina no es el único gasto que le conlleva a la

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Ya seas empresario o trabajador debes saber que la nómina no es el único gasto que le conlleva a la empresa ya que esta debe asumir otros costes adicionales como son los salariales y los sociales. El objetivo de cualquier negocio es crecer por eso el contratar a una persona debe ser decisión muy meditada y estudiada  por los costes que conlleva.

Es decir, por un lado no sólo hay que tener en cuenta el salario del trabajador sino también las aportaciones que como empresa debe realizar a la Seguridad Social por él loo que es lo mismo el coste de la seguridad social en la empresa.

El cálculo del salario

Éste lo debe establecer la empresa para cada trabajador según la función que desempeñe cada uno y según también unas normativas como es el Salario Interprofesional que fije el estado y también bajo los que establezcan los convenios. De manera que de aquí se establece el salario base y que la empresa puede incrementar mediante pluses,  antigüedad, retribuciones en especie, etc. una serie de complementos que no contemplan las pagas extra y se deben sumar a parte.

Pero, la cantidad resultante será el salario bruto de cada trabajador ya que de aquí habrá que descontar la correspondiente retención de IRPF que cada trabajador debe hacer a la Seguridad Social.

Los Costes Sociales

Los costes sociales que la empresa debe aportar os diferentes en cada trabajador ya que habrán algunos complementos que no estén sujetos a su declaración. De manera, que los costes sociales dependen del tipo de contrato que la empresa haga al trabajador (si es parcial, temporal o fijo).

Decimos que los costes varían según el contrato, porque según este el tipo  de cotización por desempleo de cada uno será un mayor o menor porcentaje. Para saber el coste de la seguridad social en la empresa, habrá multiplicar la base por el tipo de cotización según  el desempleo que para los trabajadores fijos es del 5,5%, en los temporales es del 6,7% y en los contratos a tiempo parcial es del 7,7%; formación profesional (es del 0,6%); contingencias comunes (23,6%) y fondo de garantía salarial (Fogasa, es del 0,2%) de esta manera se tiene la cuota total que el empresario debe pagar a la Seguridad Social.

 Tipos de contrato y sus reducciones.

1. Contrato de formación sin derecho a la educación del coste Seguridad Social. Este contrato tiene un coste mensual para el empresario de alrededor 80 € al mes.

2.  Trabajador con contrato de formación con reducción de la cotización a la Seguridad Social. Esto depende del número de trabajadores que cromen la plantilla si son inferiores a 250 trabajadores la reducción será del 100% del coste de seguridad social mientras que si son igual o superior a 250 empleados,  la reducción es del 75% del coste de seguridad social.

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Lo que debes saber sobre la cotización a la Seguridad Social https://www.gestiun.com/lo-que-debes-saber-sobre-la-cotizacion-la-seguridad-social/ https://www.gestiun.com/lo-que-debes-saber-sobre-la-cotizacion-la-seguridad-social/#respond Mon, 03 Nov 2014 12:44:59 +0000 http://gestiun.hl346.dinaserver.com/?p=5131 Este artículo lo dedicamos a informar sobre la cotización a la Seguridad Social, en él recopilamos información sobre quiénes están

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Este artículo lo dedicamos a informar sobre la cotización a la Seguridad Social, en él recopilamos información sobre quiénes están obligados a cotizar, cuando comienza y termina esta obligación, cuánto se debe cotizar en cada caso, el ingreso de cuotas y otros aspectos relacionados.

En primer lugar destacamos que la obligación de cotizar a la Seguridad Social sólo es para los empresarios y los trabajadores que se incluyan en el Régimen General y que realicen su actividad por cuenta de aquellos.

Desde que se comienza la prestación del trabajo se tiene la obligación de cotizar, y ésta no finaliza hasta que no se interrumpe la relación laboral entre el trabajador y el empresario. Incluso subsiste el tiempo que dure la relación laboral incluidas las situaciones de riesgo durante la lactancia natural, períodos de prueba del trabajador, periodos de descanso por paternidad o maternidad, riesgo del embarazo o situaciones de incapacidad temporal.

La cuota de cotización, es decir las cantidades a ingresar en la Seguridad Social, se calculando aplicando a la base de cotización el tipo de cotización correspondiente a cada contingencia protegida.

Si añades a las retribuciones mensuales, la parte proporcional de las pagas extraordinarias y las demás percepciones de vencimiento calcularás la base de cotización.  Por otra parte, el tipo de cotización es aquel porcentaje aplicado a las bases de cotización para la obtención de las cuotas de la Seguridad Social. Éste se distribuye entre el empleado y el empleador. Los tipos de cotización se fijan de forma anual por la Ley de Presupuestos Generales del Estado:

cotizacion SS

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Tarifa plana para autónomos https://www.gestiun.com/tarifa-plana-autonomos/ https://www.gestiun.com/tarifa-plana-autonomos/#respond Fri, 24 Oct 2014 12:37:24 +0000 http://gestiun.hl346.dinaserver.com/?p=5113 La Tarifa plana para jóvenes autónomos en la cotización a la Seguridad Social es una medida que tiene como objetivo

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La Tarifa plana para jóvenes autónomos en la cotización a la Seguridad Social es una medida que tiene como objetivo facilitar el autoempleo de quienes inician una actividad emprendedora y sean menores de 30 años.

Los requisitos son no tener trabajadores contratados, tener hasta 30 años y tener un alta inicial en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).

La Tarifa plana de autónomos establece una cuota inicial de 50 euros aproximados para el inicio de una actividad por cuenta propia. Podrán acogerse a esta tarifa aquellos jóvenes que se den de alta por primera vez en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. Estos tendrán la posibilidad de abonar una cuota mínima aproximada de 50€ durante los primeros 6 meses de la actividad.

Cuando hablamos de cuota mínima aproximada nos referimos a que durante los primeros seis meses desde la fecha en el que el autónomo se dé de alta se le aplicará una reducción del 80% de la cuota que resulte de aplicar sobre la base mínima el tipo mínimo de cotización vigente en cada momento en este Régimen. Así aquellos menores de 30 años cotizarán durante los primeros seis meses una cuota de 50€ aproximadamente.

Tras los primeros seis meses, la reducción que se les aplicará será de un 50% durante seis meses más. Tras el primer año desde el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, las mujeres de hasta 35 años y los hombres de hasta 30 años, se podrán beneficiar del mantenimiento de una reducción y una bonificación en sus cotizaciones de un 30% en los próximos 18 meses.

Para quienes sean menores de 35 años y tengan una discapacidad igual o superior al 33% reconocida, la reducción inicial del 80% se les podrá aplicar durante los primeros 12 meses y luego se les reducirá a 50% hasta un máximo de 5 años.

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